El Poder Ejecutivo nacional decidió otorgar más plazo a los
contribuyentes para que ingresen fondos del exterior con la finalidad de que no
se les aplique la alícuota diferencial del impuesto sobre los Bienes
Personales.
Mediante el Decreto 201/2022, publicado en el Boletín
Oficial, se prorroga desde su vencimiento (31 de marzo) hasta el 31 de mayo
de 2022, inclusive, la fecha de repatriación prevista para el período
fiscal 2021, a los fines de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto
N° 912 del 30 de diciembre de 2021.