El dictamen de mayoría de la “Ley de Bases y Puntos de Partida…”,emitido por el plenario de comisiones de la Cámara de Diputados incluye diversas modificaciones al texto original acordado con el Poder Ejecutivo.
Entre otros, se cambia el capítulo del impuesto sobre los Bienes Personales. En este apartado se mantiene el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) por los períodos desde 2023 a 2027, que establece un pago opcional anticipado del tributo con una alícuota de 0,70% sobre la base imponible del 31 de diciembre de 2023.
Sin embargo, en la parte referida a las escalas de alícuotas para los próximos años hay cambios sustanciales.
También se establece un nuevo mínimo no imponible para el ejercicio fiscal 2023, que sube de $ 27.377.408 (monto actualizado según la variación prevista por la ley) hasta $ 100.000.000.
Además, se incrementa el valor de la vivienda exenta de $ 136.887.041,12 a $ 350.000.000.
Tabla de alícuotas
El proyecto elimina el diferencial de tasas para bienes en el exterior y mantiene la tabla progresiva de alícuotas pero quita el último escalón (de 1,75%) por lo que queda entre 0,50% y 1,50%
Para los ejercicios fiscales 2024 hasta 2026, se reduce la tabla con dos tasas: 1,25% y 1,50%. En tanto, a partir del período fiscal 2027 se reduce a 0,2% y es única.
Además, se establece un beneficio para contribuyentes cumplidores que, para los períodos 2024, 2025 y 2026, en lugar de tener una tasa de 1,25% y 1,50% abonarán 1% y 1,25%, respectivamente.
Son beneficiarios quienes hayan cumplido el impuesto para los períodos 2020, 2021 y 2022.