En la nota los requisitos a cumplir.
El texto está plasmado en la RT 56, que aprobó la FACPCE. Se aplicará en forma obligatoria para ejercicios iniciados desde el 1 de julio de 2024.
Se trata de la propuesta de RT 50, que modifica las actuales resoluciones 32, 33 y 34.
Se solicita que se modifique la normativa para que las entidades bancarias estén obligadas a pedir la certificación.
La entidad entiende que no se deben dictar nuevas normas para legalizar informes.
Hasta el 18 de agosto la documentación se puede presentar en el CPCE.
Se trata de valores mínimos y otros parámetros de regímenes de retención y percepción.
La FACPCE solicita la modificación de la normativa del BCRA para que sea una exigencia expresa de los informes, según la incumbencia profesional.