ARCA lanzó planes de facilidades de pago para Mipymes

Este segmento, junto con pequeños contribuyentes vuelve a estar sujeto a embargos. Pero la suspensión sigue para entidades sin fines de lucro y el sector salud hasta julio de 2025.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó planes de facilidades de pago de hasta 4 años para regularizar sus deudas tributarias de las Micro, Pequeñas o Medianas Empresas (Mipymes), entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes.

Además, el Gobierno dispuso prorrogar hasta el 31 de julio de 2025 la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector de salud, pero no lo hizo para Mipymes y pequeños contribuyentes que quedarán sujetos a medidas cautelares. Lo hizo a través de la Resolución 1445/24, del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial.

¿Cómo es el nuevo plan de facilidades de pago?

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija (no se cambia la tasa de financiación durante la vigencia del plan de pagos).

El plan incluye una reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta.

Con esta medida, se busca brindar mayor flexibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada.

¿Cómo es la financiación?

Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.

En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.

 

Tipo de contribuyentes Tipos de deuda Cantidad máxima de cuotas
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud. Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas). Obligaciones aduaneras.  

48

Medianas empresas -Tramos 1 y 2-. Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas). Obligaciones aduaneras.  

36

Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud. Retenciones y percepciones impositivas  

24

Medianas empresas -Tramos 1 y 2-. Retenciones y percepciones impositivas. 18

 

¿Cómo acceder a los beneficios?

La adhesión podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.

Requisitos:

  • Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
  • Declaraciones juradas presentadas.
  • CUIT activa.
  • CBU informada.

¿Qué obligaciones se encuentran incluidas?

Todas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, detalladas a continuación:

  • Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.

 

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