La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) simplificó el trámite para dar el alta inicial a los trabajadores que deben realizar los empleadores ante el organismo.
Por medio de la Resolución General 5508/2024 se redujeron los datos necesarios para proceder al alta inicial de un trabajador en relación de dependencia y se agiliza la gestión.
A partir de ahora, para comunicar el alta de un trabajador ante la AFIP bastará con informar:
- Número de CUIL o CUIT.
- Domicilio donde se desarrolla la actividad económica.
- Fecha de inicio de la relación laboral.
- Modalidad de contratación.
- Obra social.
- Fecha de finalización de la relación, en caso de que sea un contrato a plazo fijo.
Además, se extiende el plazo para cargar los datos restantes hasta la primera liquidación del sueldo, tales como el monto de la remuneración mensual o el puesto en el que se desempeñará el trabajador. Anteriormente, debían hacerlo previo al comienzo efectivo de las tareas.