AFIP reglamentó el nuevo mínimo de Ganancias para asalariados

Se publicó la tabla de deducciones incrementadas y los otros parámetros que regirán en noviembre y diciembre 2022.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó
la reglamentación de las modificaciones a las deducciones especiales del
Impuesto a las Ganancias para empleados en relación de dependencia para los dos
últimos meses del año.

Mediante la Resolución
General 5280/2022
se estableció que las remuneraciones brutas inferiores o
iguales a $ 330.000 no tendrán ninguna retención del impuesto. Se computará el
salario o haber del mes que se liquida o el promedio de haberes mensuales a ese
mes, el menor.

Si la remuneración está entre $ 330.000 y $ 431.988 se
aplicará una deducción especial incrementada, según una tabla publicada en el
Anexo de la resolución (descargar).

Asimismo, se estableció que el aguinaldo del primer semestre
no se modificará con estos nuevos valores. Se mantendrán exento si el promedio
del semestre no supera los $ 280.792. En el segundo semestre, el SAC no
tributará Ganancias si el promedio de junio a diciembre es de $ 330.000 o
inferior.

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