AFIP: presentaciones de 15 a 17 serán consideradas cumplidas hasta el 18

El vencimiento especial previsto en la Resolución General N°4882 que será publicada este viernes en el Boletín Oficial alcanza a diferentes declaraciones juradas, pagos y regímenes informativos. Consulte la nota.

La Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que la presentación de  las declaraciones juradas y los pagos de los
impuestos con vencimientos fijados entre 15 y 17 de diciembre, ambos inclusive,
se considerarán cumplidos en término siempre que se hayan efectivizado hasta el
día 18 inclusive. El CPCE había hecho un reclamo en ese sentido.

La decisión del organismo tiene
como objetivo garantizar que los contribuyentes afectados por la interrupción
de los servicios web de la AFIP puedan cumplir en tiempo y forma con sus
obligaciones.

El vencimiento especial previsto
en la Resolución General N°4882 que será publicada este viernes en el Boletín
Oficial alcanza a las siguientes declaraciones juradas, pagos y regímenes
informativos:

Impuesto a las Ganancias

● Establecimientos permanentes –
Tasa adicional por remesas al exterior (Noviembre 2020).

Presentación y pago.

● Sociedades, empresas o
explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros. Resolución General

N° 4.696. Presentación y pago
(cierres julio 2020)

● Salidas no Documentadas.
Presentación y pago (noviembre 2020)

● Anticipos. Resolución General
N° 4.034 (Personas Humanas y Sucesiones Indivisas,

Sociedades,empresas y
explotaciones unipersonales y otros). Pago.

Impuesto sobre los Bienes
Personales

● Anticipos. Tercer anticipo
2020. Pago.

Fondo para Educación y Promoción
Cooperativa

● Anticipos. Cierres agosto, septiembre
y octubre 2020. Pago.

Impuesto al Valor Agregado

● LEY N° 27.346. Capítulo IV.
Sujetos del Exterior que realicen Locaciones o Prestaciones

Gravadas en el país. Pago.

Impuestos internos – Cigarrillos-
y Adicional de Emergencia a los Cigarrillos

● Expendio de los productos realizados
entre el 21 al último día del mes de noviembre. Presentación y pago.

Recargo sobre el Gas Natural

● Presentación del formulario de
declaración jurada e ingreso de las percepciones y/o del recargo
correspondiente al autoconsumo por operaciones efectuadas en noviembre 2020.

Regímenes nacionales de la
seguridad social y obras sociales

● Trabajadores de casas
particulares. Aportes y contribuciones voluntarias. Devengado noviembre. Pago.
● Contribuciones SIPA (beneficio postergación). Devengado septiembre. Ingreso
del saldo. Regímenes de información

● PROCEDIMIENTO. Operaciones de
venta, compra, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios,
locaciones y prestaciones efectuadas y recibidas por determinados
contribuyentes y responsables. Resolución General N° 3.685. Noviembre 2020.

● IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
Tarjeta de débito. Resolución General N° 1.166. Operaciones realizadas en
Noviembre 2020.

● IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
TURIVA Alojamiento. Operaciones sujetas a reintegro. IVA facturado por los
servicios de alojamiento prestados a turistas del extranjero. Resolución
General N° 3.971. Octubre 2020.

● IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
Régimen de reintegro para compras efectuadas con tarjeta de débito. Resolución
General N° 3.906. F. 2.060.n Noviembre 2020.

● IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
Régimen de reintegro tarjetas prepagas no bancarias – artículo 1° Decreto N°
858/16- Resolución General N° 3.970. F. 2.060. Noviembre 2020.

● IMPUESTO A LAS GANANCIAS.
Donaciones. Donantes y Donatarios: sociedades, empresas o explotaciones
unipersonales, fideicomisos y otros. Resolución General N° 2.681. Cierre Julio
2020.

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas