AFIP habilitó el trámite del blanqueo para la construcción

Podrá realizarse hasta el 17 de agosto de 2023. El período más conveniente vence el 20 de noviembre de 2022.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
instrumentó la prórroga por un año de los beneficios fiscales previstos en la
Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.

La normativa habilita la declaración voluntaria de tenencia
en moneda nacional y extranjera hasta el 17 de agosto de 2023 para la
realización de inversiones en desarrollos inmobiliarios, con distinto costo según
la fecha de exteriorización.

La Resolución
General 5253/22
, publicada en el Boletín Oficial, instrumenta las
facilidades previstas en la ley 27679. Los fondos que se declaren deberán afectarse,únicamente, al desarrollo o la inversión de proyectos inmobiliarios en el país con
anterioridad al 31 de diciembre de 2024
.

Los fondos deberán depositarse en una Cuenta Especial de
Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina y podrán ser aplicados,
transitoriamente, a la compra de títulos públicos nacionales. Luego se deberán
afectar al desarrollo o la inversión en proyectos inmobiliarios en el país.

Sobre el valor de la tenencia declarada se establecerá un
impuesto especial, cuya alícuota variará de acuerdo al momento en que se
acrediten los fondos en la cuenta especial. La alícuota del impuesto especial
surgirá del siguiente detalle:

A su vez, el monto declarado quedará eximido de los
siguientes impuestos:

* Ganancias, incluidas salidas no documentadas

* Transferencia de Inmuebles

* Créditos y débitos en cuentas bancarias

* IVA

* Bienes Personales

* Contribución especial sobre el capital de las
cooperativas.

Asimismo, se liberará a la suma declarada de toda acción
civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e
infracciones administrativas que pudieran corresponder.

Declaración jurada

El vencimiento de la presentación de la declaración jurada
formulario 1130 y del pago del impuesto especial, operará en función del
período de acreditación: 

La declaración jurada se tomará como presentada una vez que
se registra el pago en la AFIP. 

El procedimiento para acceder a los beneficios fiscales se
realiza a través del servicio con clave fiscal “Normalización de la tenencia en
moneda Ley 27.613”, de la siguiente manera:

1.     Registrar la existencia de las tenencias, la
acreditación en la cuenta especial y su valuación, a través del formulario
1130, donde se determina el impuesto. Finalizada la carga, presionar el botón
“Fin de la registración”.

2.     Generar desde el servicio citado el Volante
Electrónico de Pago (VEP) del impuesto especial y abonarlo. De este modo se
producirá, en forma automática, el envío de la declaración jurada con la
información registrada en el punto 1.

La presentación de la declaración jurada se comunicará al
domicilio fiscal electrónico del contribuyente.

Régimen de información

Los sujetos que adhieran al programa de normalización de
tenencias deberán informar, con carácter de declaración jurada, el “Código de
Registro de Proyecto Inmobiliario (COPI)” y el monto de las inversiones
realizadas, a través del servicio con clave fiscal “Régimen Informativo
Normalización”.

Para mayor información, consultar el micrositio Incentivo a
la Construcción Federal Argentina. 

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