AFIP extendió suspensión de baja de oficio de monotributistas

La AFIP resolvió que mayo no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún
monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus
obligaciones durante mayo. Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento
social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo
también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a mayo.
A
través de la Resolución General N°4724/2020, que será publicada en el Boletín Oficial,
se extienden al mes corriente beneficios vigentes desde marzo.
La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga
diez cuotas consecutivas.
La AFIP resolvió que mayo no será computado a los efectos
de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del
régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del
contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. La
AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en mayo para proceder
con exclusiones de oficio.
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