AFIP extendió el plazo de la moratoria y condonación de deudas

Estarán disponibles hasta el 29 y 18 de abril, respectivamente.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorgó
más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios
previstos en la ley de Alivio Fiscal.

 La adhesión a la
moratoria podrá realizarse hasta el 29 de abril,
mientras que la solicitud
para la condonación de deudas estará habilitada del 1° al 18 de abril.Asimismo, el organismo extiende el plazo hasta el 18 de abril para que los
contribuyentes cumplidores
puedan acceder a beneficios.

El organismo definió dar más tiempo con el objetivo de que
más contribuyentes puedan acceder a las herramientas, como respuesta a un
pedido de los Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (CPCE) de todo el
país. La extensión de los plazos está prevista en la Resolución General 5181que será publicada Boletín Oficial. 

Condonación de deudas: El nuevo plazo para
acceder al perdón fiscal será del 1 al 18 de abril. Pueden solicitarla
entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio,
cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones
comunitarias. También abarca deudas inferiores a $ 100.000 de monotributistas y
otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con
el Certificado Mipyme. 

Para la solicitud deberán ingresar a la página web de la
AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con
clave fiscal nivel de seguridad 3. En caso de que la AFIP detecte inconsistencias
o la falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, loa
contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 18 de abril. 

Moratoria: La adhesión al plan de
regularización está habilitada hasta el 29 de abril. El plan de facilidades de
pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de
la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes
relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021. 

Contribuyentes cumplidores: Tendrán tiempo hasta
el 18 de abril para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley
de alivio fiscal. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del
componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período
fiscal mayo de 2022.

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