AFIP concretó la agilización del pago de embargos

Se publicó la resolución que permite cancelar las obligaciones con dinero retenido judicialmente.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
publicó una norma, en el Boletín Oficial, que permitirá que los contribuyentes
con embargos por acción del fisco puedan cancelarlos con el dinero retenido por
la Justicia.

La Resolución
General 4262
habilita al pago parcial o total de las deudas embargadas en
forma inmediata. Hasta ahora, el contribuyente con fondos embargados debía
recurrir a otros recursos para poder levantar el embargo.

La flexibilización de los embargos, una medida que la AFIP
había sumado a la reforma tributaria aprobada a fines de 2017, incorpora la
figura de la dación en pago, mecanismo que permite utilizar los fondos
embargados para cancelar el embargo.

El contribuyente debe ingresar a la página web de la AFIP para tramitar el
levantamiento del embargo y luego podrá pagarla deuda en forma electrónica.

Cabe recordar que, hasta ahora, se le exigía hacer el
trámite en forma presencial en una dependencia del organismo.

Una vez que se concrete el pago a través de la entidad bancaria,
se realizará el levantamiento de las medidas cautelares en forma automática,
siempre que se haya abonado el total de la suma embargada.

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas