Afip amplía régimen de facilidades de pago

Se podrán incluir obligaciones de deudas vencidas hasta el 30 de abril y habrá plazo hasta el 31 de agosto para la adhesión.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió
el régimen de facilidades de pago para deudas vencidas hasta el 31 de enero de
2019, para abarcar obligaciones hasta el 30 de abril último.

Según una resolución general que se conocerá en los próximos
días, se podrán incluir en este régimen obligaciones regularizadas en planes de
facilidades de pago anteriores cuya caducidad haya operado hasta el 31 de julio
de 2019. Esta fecha también se amplía con esta nueva normativa, ya que la
resolución original establecía que el límite para las caducidades era el 15 de
mayo último.

En un comunicado, la Afip recordó que las Mipymes tienen una
tasa diferencial del 2,5%; el mismo interés regía hasta el 31 de julio para el
resto de los contribuyentes que hicieran un pago a cuenta del 20% de la deuda
regularizada, pero con esta nueva resolución el beneficio se extendió hasta el
31 de agosto.

Para consolidar el plan se deberá tener actualizado el
Domicilio Fiscal Electrónico, declarar una CBU en el servicio “Declaración de
CBU” para que se debiten las cuotas y haber presentado todas las declaraciones
juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la
seguridad social antes de la fecha de adhesión al régimen.

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