La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió
adelantar, “por razones de administración tributaria y con carácter de
excepción”, las fechas de vencimiento para el cumplimiento de la determinación
e ingreso de diversas obligaciones impositivas.
Lo hizo mediante la Resolución
General 5323 que establece que aquellas obligaciones cuyo vencimiento
original fuera fijado para los días 27 y 28 de febrero pasarán al 23 y 24 del
mismo mes.
De esta manera, el cronograma de febrero será el siguiente:
Impuesto al valor agregado
Régimen General. Presentación de la declaración
jurada e ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal enero
de 2023. La misma fecha opera para el vencimiento de Libro de IVA Digital.
Terminación de CUIT |
Vencimiento |
6 y 7 |
23 de febrero de 2023 |
8 y 9 |
24 de febrero de 2023 |
Micro y pequeñas empresas. Ingreso diferido del saldo
resultante de la declaración jurada del período fiscal noviembre de 2022 y
presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal enero
de 2023.
Terminación de CUIT |
Vencimiento |
6 y 7 |
23 de febrero de 2023 |
8 y 9 |
24 de febrero de 2023 |
Actividad agropecuaria. Presentación de la
declaración jurada del período fiscal enero de 2023 e ingreso anual del
impuesto correspondiente a ejercicios con cierre en enero de 2023.
Terminación de CUIT |
Vencimiento |
6 y 7 |
23 de febrero de 2023 |
8 y 9 |
24 de febrero de 2023 |
Por otra parte, se establece, con carácter de excepción, el
día 24 de febrero como fecha de vencimiento para la
determinación e ingreso de las obligaciones tributarias con vencimiento
original fijado para el día 27 de febrero del corriente año, conforme se indica
a continuación:
Impuesto PAIS: ingreso de las percepciones
practicadas entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.
Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas
bancarias y otras operatorias: ingreso de las sumas percibidas o del
importe correspondiente al impuesto propio devengado, del período comprendido
entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.
Impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos:ingreso del gravamen correspondiente a las localidades o boletos entregados
entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.