La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) adecuó
las normas del Sistema de Control de Retenciones (SICORE) y el Sistema Integral
de Retenciones Electrónicas (SIRE) a los efectos de computar el cambio de
alícuota de dividendos y utilidades en el Impuesto a las Ganancias.
Lo hizo a través de la Resolución
General 5060/2021, que se ajusta así a la ley 27.630 que sustituyó la
alícuota del 13% aplicable por las personas humanas y sucesiones indivisas
respecto de los dividendos y utilidades correspondientes a los años fiscales
que se inicien a partir del 1° de enero de 2021 por la del 7%. La ley también dispuso que los dividendos y
distribución de utilidades reguladas en el artículo 97 de la ley del tributo
están alcanzados a la alícuota del 7% durante los tres períodos fiscales
contados a partir del iniciado el 1º de enero de 2018 inclusive, cualquiera sea
el período en que tales dividendos o utilidades sean puestos a disposición.