La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba
modificó el régimen de información para el consumo de combustibles líquidos que incluye a sujetos que desarrollen la actividad de producción primaria,
industrial y prestación de servicios de transporte.
Mediante la Resolución
Normativa 48/2019, de la DGR, se modificó el parámetro para ser sujeto
obligado a solicitud del
Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE).
De esta manera, los sujetos designados como agentes de
información deberán actuar como tales, cuando
la sumatoria de bases imponibles de Ingresos Brutos del año inmediato anterior
(por todas las actividades desarrolladas, incluidas las exentas o no gravadas) supere
los $ 9.000.000 (hasta ahora era de $ 7.000.000).
La modificación regirá a partir de la declaración jurada
de agosto de 2019.