Abren las inscripciones para enajenadores en el Poder Judicial

El trámite debe realizarse desde Autogestión.

Desde el 1 de agosto hasta el 31 de este mes están abiertas las inscripciones para integrar las listas de Enajenadores para todas las circunscripciones judiciales (Acuerdo Reglamentario N° 18 Serie “B” de fecha 26/07/2005 y Acuerdo Reglamentario N° 163 Serie “B” de fecha 22/07/2020).

Los interesados deberán ingresar a la web de Autogestión del CPCE y luego dirigirse a la sección del Departamento de Asuntos Legales, en el ítem Auxiliares de Justicia, donde deberá seleccionar la opción de Enajenadores.

No es necesario que se reinscriba quien ya se encuentre integrando el listado, salvo que hubiere mediado renuncia o exclusión por sanción.

Requisitos:

  1. Documento Nacional de Identidad
  2. Certificado de Reincidencia –sin antecedentes- Nacional
  3. Constancia expedida por la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en el que se exprese la situación tributaria del interesado.
  4. Título profesional y título en la especialidad profesional si la tuviere, expedido por universidades o instituciones reconocidas por el estado, certificado por escribano público o por la institución que emite el título.
  5. Certificado expedido por el consejo o colegio profesional respectivo que acredite habilitación y vigencia de la matrícula profesional y especialidad en su caso, con antelación no mayor a cinco (5) días a la fecha de presentación de la solicitud.
  6. Certificado de antecedentes disciplinarios en el ejercicio de la profesión, expedido por el respectivo organismo deontológico (sin sanciones o procesos ante el tribunal de ética de su colegio profesional a la fecha de inscripción).
  7. Constancia de pago de tasa de justicia.
  8. Constancia a la fecha de No inhibición en el Registro General de la Provincia.
  9. Constancia emitida por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de no encontrarse incorporado al mismo (actualizado y vigente).
  10. Constancia de no encontrarse inscripto a la fecha en el Registro de Abusadores Sexuales.
  11. Constancia de no tener deuda en la caja previsional correspondiente (actualizado y vigente).
  12. Constancia de haber realizado y aprobado actividades de capacitación y/o actualización forense, científica, artística o profesional para peritos judiciales dictados por universidades o instituciones académicas públicas o privadas, consejos o colegios profesionales.
  13. Solicitud: formulario electrónico que completará el interesado –con carácter de declaración jurada, cuya remisión implica la aceptación de las disposiciones del acuerdo reglamentario 163 serie “B” del 22 de julio de 2020. La constitución del domicilio a los efectos legales deberá ser dentro de un radio de 50 (cincuenta) cuadras del Palacio de Justicia (en Córdoba Capital) y deberán, en el caso de inscribirse en sedes del interior, fijar domicilio en cada una de ellas, dentro del radio que cada delegación establezca.
  14. Formulario de adhesión a extranet “Servicios digitales del Poder Judicial de Córdoba.

Se adjunta Acuerdo Reglamentario N° 18 Serie “B” del 26/07/2005 y Acuerdo Reglamentario N° 163 Serie “B” de fecha 22/07/2020.

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