Facturación: obligaciones ante la discriminación de impuestos en el ticket

Desde el 1 de abril se extiende a la obligación de detallar el monto del IVA al consumidor final y otros impuestos. Preguntas frecuentes.

A partir del 1 de abril, los comprobantes emitidos por vendedores de bienes y servicios a consumidor final deberán detallar el monto correspondiente al componente impositivo nacional.

La obligación de incluir la fracción tributaria en los tickets de compra se extiende a un mayor universo contribuyentes, de acuerdo al cronograma dispuesto por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para la implementación del régimen de transparencia fiscal.

Desde enero, la medida instrumentada por medio de la Resolución General 5.614/2024 estaba vigente para las grandes empresas.

No obstante, quienes emitían comprobantes a través de facturación electrónica con sistemas del organismo como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la posibilidad de discriminar el IVA en sus tickets de compra.

Ahora la obligación se extiende a todo el universo de comercializadores de cualquier tipo de bien o servicio,.

Los comprobantes deben mostrarse en un apartado del ticket donde se desglosa el impuesto al valor agregado (IVA) y los impuestos internos en el campo “Otros impuestos nacionales indirectos”.

Preguntas frecuentes

La ARCA difundió las siguientes respuestas a las dudas que pueden tener los vendedores:

¿Cuál es el objetivo del régimen de transparencia fiscal?

A través de la Resolución General 5614/24, se busca reafirmar el compromiso del gobierno nacional con la transparencia fiscal, permitiendo a los consumidores conocer el impacto de los impuestos en las operaciones y que puedan contar con información para tomar sus decisiones comerciales con plena libertad.

¿Para quiénes rige la obligación?

A partir del 1 de abril, todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios deberán detallar en el monto correspondiente al IVA contenido. 

El régimen de transparencia fiscal comenzó a aplicarse en enero de 2024: en una primera etapa, la medida obligó a las grandes empresas a discriminar en sus facturas el IVA y otros impuestos nacionales indirectos que inciden en los precios que pagan los consumidores finales.

No obstante, es importante aclarar que quienes emitían comprobantes a través de facturación electrónica con sistemas del organismo como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la posibilidad de discriminar el IVA en sus tickets de compra.

¿Están obligados los monotributistas a cumplir con esta nueva obligación?

No, la medida no incluye a los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado.

¿Qué tipo de sanción se aplicará a quienes no cumplan con la obligación?

El incumplimiento de estas obligaciones estará sujeto a la sanción de clausura de 2 a 6 días del establecimiento, según lo dispuesto la Ley de Procedimientos Fiscales.

A partir de su implementación, ¿Cómo debe visualizarse en el ticket o factura de compra?

Cada ticket o factura llevará la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743”. Los consumidores podrán observar en sus facturas un apartado específico donde se detalla el monto de IVA incluido en el precio final y, de corresponder, otros impuestos nacionales indirectos (solo internos).

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