Importación: se rehabilitan los certificados de exclusión de IVA y Ganancias

ARCA eliminó la suspensión para solicitar estos certificados.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó la suspensión de los certificados de exclusión del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para las operaciones de importación.

La medida fue implementada por la Resolución General 5655/2025, publicada en el Boletín Oficial, abroga las Resoluciones Generales 5.339, 5.441, 5.476, 5.520 y 5.624, y deroga los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución General 5.407, el artículo 18 de la Resolución General 5.414 y el inciso d) del artículo 1° de la Resolución General 5.440.

La vigencia es a partir del 1 de marzo de 2025.

De esta manera, aquellas empresas que con sus percepciones de IVA y Ganancias generen saldo a favor de manera permanente y un exceso de cumplimiento de esas obligaciones tributarias, podrán volver a solicitar el certificado de exclusión.

La norma deroga una serie de resoluciones que habían suspendido esta posibilidad para que las operaciones de importación que cumplieran con los requisitos. Desde ese entonces, las empresas tenían que hacer frente a una percepción que podía alcanzar hasta el 20% en IVA y 6% en Ganancias.

 

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