La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los vencimientos de la presentación de declaraciones juradas y el ingreso de las retenciones y percepciones del Sistema de Control de Retenciones (SICORE) y el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE), previstas en las Resoluciones Generales 2.233 y 3.726, respectivamente.
Mediante la Resolución General 5652/2025, dispuso modificar el cronograma de vencimientos original, concentrando las obligaciones en menos días.
Así, los contribuyentes y responsables de los regímenes mencionados deberán cumplir con las obligaciones, con carácter de excepción, hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), se indican a continuación:
- Presentación de la declaración jurada con la información nominativa de las retenciones y percepciones practicadas en febrero de 2025 e ingreso del saldo resultante.
Terminación de CUIT | Vencimiento |
0, 1, 2, 3 y 4 | 11/03/2025 |
5, 6, 7, 8 y 9 | 12/03/2025 |
- Ingreso de las retenciones practicadas entre el 1 y 15 de abril de 2025.
Terminación de CUIT | Vencimiento |
0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 | 23/04/2025 |