AFIP: Límites a las tasas de financiamiento de Mipymes

El fisco fijó un tope al costo de los planes de facilidades de pago de la ley 27.653 de los pequeños contribuyentes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó un tope para la tasa de financiación de los planes de facilidades de pago presentados por micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y pequeños contribuyentes en el marco del régimen implementado por la Ley 27.653.

A través de la Resolución General 5583/24, el organismo estableció un límite en la tasa de interés para el semestre octubre a marzo, asegurando de esta manera que la tasa de interés no supere a la aplicable a otros contribuyentes.

La medida se aplica a las entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias, micro y pequeñas empresas y a quienes están categorizados como pequeños contribuyentes.

La norma establece que la tasa de financiamiento utilizada en el semestre octubre/marzo “no podrá superar, en ningún caso, la aplicable a las cuotas con vencimiento en el mismo período para los sujetos indicados en los puntos 2. y 3. del presente artículo”, esto es, para el resto de los contribuyentes.

 

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