La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recuerda que hasta el próximo 14 de octubre, hay tiempo de acceder a los mayores beneficios previstos en el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias de la ley 27.743.
El 14 de octubre también es la fecha límite para realizar el pago de contado o hasta en 3 cuotas de las obligaciones a regularizar.
Los contribuyentes o responsables que paguen sus deudas al contado o en un plan de hasta 3 cuotas, obtendrán la condonación del 50% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión.
En tanto, aquellos que requieran la cancelación de sus deudas a través del resto de planes de facilidades de pago –R.G. 5525-, obtendrán la condonación del 40% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión.
Tipo de deudas
En este régimen se podrán regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social -detalladas en el artículo 3° de la Ley 27.743- vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.
Condiciones para el pago a través de un plan de facilidades:
Condiciones para el pago a través de un plan de facilidades: TIPOS DE CONTRIBUYENTES | CANTIDAD MÁXIMA DE CUOTAS | PORCENTAJE DEL
PAGO A CUENTA |
Personas humanas y sucesiones indivisas -excepto pequeños contribuyentes, Micro y Pequeñas Empresas- | 60 | 20% |
Micro y Pequeñas Empresas -incluidas las personas humanas que califiquen como tales-, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro | 84 | 15% |
Medianas Empresas Tramos 1 y 2 – excepto personas humanas y sucesiones indivisas- | 48 | 20% |
Resto de los contribuyentes | 36 | 25% |
Créditos Mipymes
El Banco de la Nación Argentina tiene vigente una línea de créditos para Mipymes destinada a la cancelación de deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social prevista en el Régimen de Regularización de Obligaciones.
Se accede a un crédito de hasta el 100% de la deuda ingresada en el régimen, que se puede cancelar en 30, 60 o 72 cuotas mensuales.
Más información sobre el crédito: Nuevo Pacto Fiscal sin deudas
Nuevo pacto Fiscal: Ley 27.743
Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones: Resolución General 5525/24.