Cambios en el pago a cuenta del Impuesto PAIS a las importaciones

Se adecuaron los porcentajes de retención de acuerdo a la nueva alícuota del 7,5%. Para mercadería importada bajo destinación suspensiva de importación temporaria se percibirá el 100%.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó el régimen de pago a cuenta del impuesto PAIS para adecuarla a los cambios normativos desde septiembre.

La medida se implementó a través de la Resolución General 5559/24, publicada en el Boletín Oficial, y considera la reducción de alícuota del Impuesto PAIS a 7,5%, dispuesta por el Decreto 777/2024.

De esta manera, se redujo al 7,125% la alícuota del pago a cuenta para la importación de las mercaderías en general y se estableció en 28,50% la que se aplica a bienes suntuarios.

En tanto, para el caso de operaciones de importación para consumo de mercadería previamente importada bajo una destinación suspensiva de importación temporaria, la AFIP percibirá el 100% del Impuesto PAIS. Esto se realizará al momento del registro de la solicitud de destinación definitiva de importación para consumo.

 

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