Ganancias y alquileres: AFIP reglamentó el beneficio para inquilinos y propietarios

Se puede informar la deducción en el Siradig del ejercicio fiscal 2023.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó los incentivos que impulsó la ley 27.737 (alquileres) aplicables a la locación de inmuebles relativos a la deducción del 10% del monto total anual de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación, que puede ser computada por el locatario y por el locador en el Impuesto a las Ganancias.

Lo hizo a través de la Resolución General 5521/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, pese a que la ley entró en vigencia el 18 de octubre de 2023  y resulta de aplicación para los ejercicios fiscales 2023 y siguientes.

La norma modifica la RG 4003 y señala que los empleadores deberán realizar las liquidaciones anuales de sus dependientes mediante el modelo “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” que se publicará en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” del sitio “web” institucional (https://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/).”.

Además, se incluyen entre las deducciones permitidas la siguiente:

*El 10% del monto mensual en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación. El locatario podrá computar esta deducción en forma adicional a la deducción del 40% mencionada en el inciso h) de este Apartado, en caso de corresponder.

El locador podrá efectuar el cómputo de esta deducción aun cuando hubiere optado por declarar los ingresos por alquileres de inmuebles bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Esta deducción procederá en la medida en que el monto de los alquileres abonados -en función de lo acordado en el contrato de locación respectivo- se encuentre respaldado mediante la emisión de una factura o documento equivalente por parte del locador, en la forma establecida por esta Administración Federal en las normas vigentes.

En el primer período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción y, con cada renovación del contrato, el beneficiario de la renta deberá remitir a la AFIP a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) – TRABAJADOR”, una copia del contrato de alquiler, en formato PDF.

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