Todas las transacciones ahora tienen el impuesto PAIS, más dos pagos a cuenta de 45% y 25%.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó de
5% a 25% la percepción a cuenta de Bienes Personales y la extendió a
todas las operaciones que implican cambio de divisas.
Mediante la Resolución
General 5430/2023, publicada este martes 10 de octubre en el Boletín
Oficial, se modificó la RG 4815 y se decidió aplicar el nuevo porcentaje de
pago a cuenta para todas las operaciones:
– Compra de dólar para ahorro.
– Compra de bienes y servicios en el exterior con
tarjetas.
– Pagos con tarjetas por consumos brindados por
proveedores del exterior.
– Viajes y turismo al exterior contratados en agencias.
– Pago de servicios de transporte terrestre, aéreo
o por vía acuática con destino fuera del país.
En todos estos casos se aplicará el 30% del Impuesto PAIS
más una percepción del 45% y otra del 25%.
Las percepciones practicadas a la tasa del 45% tendránel siguiente tratamiento, según corresponda:
a) Sujetos adheridos al Régimen
Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y que no resultan responsables
del Impuesto a las Ganancias: Impuesto sobre los Bienes Personales.
b) Demás sujetos: Impuesto a las
Ganancias.
Las percepciones practicadas a la tasa del 25% tendrán
el siguiente tratamiento, según corresponda:
a) Personas humanas y sucesiones
indivisas: Impuesto sobre los Bienes Personales o, en caso de tratarse de
sujetos que no sean contribuyentes de dicho impuesto, se podrá solicitar su
devolución en los términos y condiciones establecidos en el Título II.
b) Demás sujetos: Impuesto a las
Ganancias.