La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
decidió prorrogar los vencimientos de los Impuestos a las Ganancias a las
Personas Físicas y sobre los Bienes Personales, que operaban del 12 al 14 de
junio.
Este viernes se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5367/23, que establece que las declaraciones juradas
anuales 2022 de esos tributos se podrán presentar con vencimiento entre el 22 y el 26 de junio, según número de CUIT. En tanto, el pago vencerá al día hábil
siguiente.
De esta manera, el fisco atendió la solicitud realizada por
la Federación que reúne a los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas
(CPCE) de todo el país para extender los mencionados plazos.
· Ver “Ganancias y Bienes Personales: los CPCE piden extender
vencimientos”.
Ganancias y Bienes Personales
Declaración jurada, CUIT terminados en:
· 0, 1, 2 y 3: 22 de junio.
· 4, 5 y 6: 23 de junio.
· 7, 8 y 9: 26 de junio.
Pago, CUIT terminados
en:
· 0, 1, 2 y 3: 23 de junio.
· 4, 5 y 6: 26 de junio.
· 7, 8 y 9: 28 de junio.
Impuesto Cedular
Declaración jurada, CUIT terminados en:
· 0, 1, 2 y 3: 22 de junio.
· 4, 5 y 6: 23 de junio.
· 7, 8 y 9: 26 de junio.
Pago, CUIT terminados en:
· 0, 1, 2 y 3: 23 de junio.
· 4, 5 y 6: 26 de junio.
· 7, 8 y 9: 28 de junio.
Las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y del
Impuesto Cedular se realizan a través del servicio con clave fiscal “Ganancias
Personas Humanas – Portal integrado”. En el caso del Impuesto sobre los Bienes
Personales, la presentación se realizará mediante el servicio web con clave
fiscal “Bienes Personales Web”.