El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social realizó aclaraciones
y disposiciones complementarias respecto del acceso del personal de Casas
Particulares al seguro de desempleo y del cómputo de períodos con aportes inferiores
a las 16 horas semanales a los fines de la jubilación.
Estos nuevos beneficios rigen desde el 1 de junio y están
previstos en el decreto 90/2023 de febrero de este año.
La Resolución
670/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, señala, entre otros
temas, cómo computar el monto mensual de la retribución para los fines del
seguro de desempleo, qué sucede en caso de muerte de la persona que la empleada
estaba asistiendo, cuándo siguen cobrando asignaciones familiares, y cómo es el
cálculo del haber previsional y el pago de la diferencia de aportes.