Impuesto a las Ganancias. Sociedades, empresas o
explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros con cierre de ejercicio en
octubre de 2022 tienen que presentar la declaración jurada anual. El cronograma
de vencimientos, según número de CUIT, se extiende entre el lunes 13 y el
miércoles 5 de marzo. Al día siguiente es el vencimiento del pago del saldo
resultante.
El resto de las empresas deben ingresar el anticipo
correspondiente en la misma fecha.
Tasa adicional por remesas al exterior. Establecimientos
permanente deben presentar el formulario de declaración jurada e ingresar el
saldo resultante hasta el miércoles 15.
Empleadores. El lunes 13 termina el cronograma de
vencimientos, de acuerdo al CUIT, para la presentación de la declaración jurada
931 y el ingreso de los aportes del período devengado en Febrero de 2023.
Servicio doméstico. Los empleadores de casas
particulares deben ingresar los aportes voluntarios de febrero 2023, hasta el miércoles
15 de marzo.
Ver Agenda de Vencimientos de Marzo 2023.
En Córdoba
Ingresos Brutos. Los contribuyentes del régimen general
de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba tienen que cumplir
con las obligaciones mensuales hasta el 16 o 17 de marzo, según número de CUIT.
Para quienes tributan por Convenio Multilateral los
vencimientos comienzan el miércoles 15 según terminación de CUIT.
Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes
(tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de Córdoba
deben presentar la declaración jurada de febrero 2023 hasta el 18 de marzo.
Ver Agenda de
Vencimientos de Marzo 2023.