Acuerdo con EE.UU.: la AFIP reglamentó la información a suministrar por Argentina

Mediante una resolución estableció los parámetros para que los bancos envíen datos de residentes estadounidenses.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció
el mecanismo con el cual los bancos locales deberán informar anualmente la
información fiscal de personas estadounidenses que posean cuentas en la
Argentina.

La reglamentación, plasmada en la Resolución
General 5303/2022
y publicada en el Boletín Oficial, es el resultado del
acuerdo firmado para intercambiar, de manera automática entre los dos países,
los datos de ciudadanos argentinos o estadounidenses que tengan activos en la
otra jurisdicción.

Las entidades financieras argentinas tendrán que remitir una
vez por año a la AFIP la identificación del titular de la cuenta, su saldo o
valor al finalizar el año calendario o al momento inmediatamente anterior si
fue cerrada, y los intereses o dividendos obtenidos con esas inversiones.

Los procedimientos se diferencian según se trate o no de
cuentas preexistentes a la fecha de entrada del acuerdo, si pertenecen a
personas humanas o jurídicas, y el monto de los saldos.

La AFIP estableció que la información debe ser remitida por las entidades
financieras hasta el 30 de junio del año siguiente al que corresponde el
reporte. De esta forma, el organismo enviará la información al Internal
Revenue Service (IRS) como máximo hasta el 30 de septiembre de cada año.

En un comunicado, la AFIP dijo que “recibirá de manera
similar por parte de su par estadounidense la información fiscal relativa a
argentinos que posean activos en ese país”.

“Si bien no es objeto de la Resolución General de AFIP, se señalan a
continuación los términos generales de la información que remitirá Estados
Unidos a nuestro país
, conforme surge de los términos del Acuerdo FATCA.

Respecto de cada cuenta reportable se recibirán los
siguientes datos:

– Identificación del titular de cuenta

– Número de cuenta

– Identificación de la entidad financiera

– Monto bruto de intereses o dividendos pagados en la cuenta

– Monto bruto de otras fuentes de ingresos de origen
americano acreditados en la cuenta

La información se recibirá el 30 de septiembre del año siguiente al del reporte”.

Por último, la AFIP recordó que Estados Unidos remitir una nota a Argentina que
dé cuenta del cumplimiento de los correspondientes estándares de seguridad de
la información y de la infraestructura para el intercambio automático”.

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