Las claves de la semana: vence obligaciones de Precios de Transferencia

Los monotributistas tienen que cumplir con el pago mensual. Concluye el cronograma de IVA.

Sociedades de Garantía Recíproca. Hasta el 25 de
agosto, las SGR deben cumplir con el régimen de información e ingresar los
datos correspondientes a julio 2022.

Precios de Transferencia. Desde el martes 23
comienzan los vencimientos, según CUIT para que las sociedades, empresas o
explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros cumplan con las siguientes
obligaciones: 

·       Declaración Jurada F. 2672 “Operaciones
Internacionales Régimen Simplificado” correspondiente a ejercicios con
cierre en Noviembre/2021 y ejercicios con cierre en Febrero/2022

·       Informe Maestro correspondiente a ejercicios con
cierre en Agosto/2021

·       Declaración Jurada F. 2668 correspondiente a
ejercicios con cierre en Noviembre/2021 y ejercicios con cierre en Febrero/2022

·       Estudio de precios de transferencia
correspondiente a ejercicios con cierre en Noviembre/2021 y ejercicios con
cierre en Febrero/2022

Monotributo. Los pequeños contribuyentes deben
cumplir con la obligación mensual correspondiente a agosto de 2022 hasta el
lunes 22. Este mes se debe abonar la cuota de acuerdo a la nueva categoría que
surgió de la recategorización semestral.

 Impuesto al Valor
Agregado (IVA).
Hasta el miércoles 24 se extiende el cronograma de
vencimientos, según número de CUIT, para la presentación jurada y el ingreso
del saldo de los responsables inscriptos, correspondiente al período julio
2022.

Ver Agenda de Vencimientos de Agosto 2022.

En Córdoba

Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes
(tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de
Córdoba deben abonar el período julio 2022 hasta el martes 23 de agosto. En
tanto, los medianos contribuyentes (tipo 2) tienen que cumplir con la
presentación de la declaración jurada hasta el lunes 22 y abonar hasta el
viernes 26. 

Ver Agenda de
Vencimientos de Agosto 2022
.

Facilidades de pago. La Provincia lanzó un plan para
regularizar deudas vencidas hasta el 31 de diciembre de 2021. Se podrán
cancelar hasta en 36 cuotas, según el caso con un interés de financiación de
1,5% mensual.

Ver Decreto
459/22
.

Ver Todos
los detalles de los planes de pago vigentes
.

Pago con TIPA. Las obligaciones impagas con la
Dirección General de Rentas de la Provincia vencidas hasta el 31 de diciembre de
2021 se pueden abonar con los Título de Pago de Acreencias (TIPA) -cuya
denominación bursátil es CO23-. La medida se implementó mediante el decreto
459/22, del 5 de mayo de 2022.

El beneficio permite regularizar la situación y recuperar el
30% de descuento de 2022. 

Ver “Preguntas
frecuentes del pago con TIPA
”.

 

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