La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
actualizó el valor a partir del cual es obligatorio emitir el Certificado de
Transferencia del Automotor (CETA) para la compraventa de los vehículos usados.
La Resolución
General 5187, publicada en el Boletín Oficial, establece que, a partir del
1 de mayo, la obligación debe cumplirse cuando el precio pactado para la
transferencia o el valor de la tabla de valuaciones de la Dirección Nacional de
los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios
sea igual o superior a $ 2.400.000. El valor anterior, vigente desde 2019, era
de $ 800.000.
El CETA se tramita, en forma gratuita, a través del sitio
web de la AFIP sin necesidad de clave fiscal. En el certificado debe
consignarse el dominio, marca, modelo y fábrica del tipo de vehículo que se
transfiere como así también la identificación del vendedor y el porcentaje de
titularidad, así como los datos del comprador.
Para conocer cómo realizar el trámite puede consultarse el
siguiente video tutorial: https://www.youtube.com/watch?v=tf7dBshEsew