La AFIP prorrogó beneficios fiscales

La Facpce, en representación de los 24 Consejos del país, había pedido al organismo que analizara la posibilidad.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la vigencia de distintos
beneficios destinados a facilitar trámites y aliviar el impacto económico de la pandemia
sobre los contribuyentes.
 
Las distintas medidas implementadas por el organismo que
encabeza Mercedes Marcó del Pont benefician a monotributistas así como micro,
pequeñas y medianas empresas.
 
Monotributistas: Ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la
falta de pago de sus obligaciones durante octubre de 2020. La normativa también
suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a septiembre. A través
de la Resolución General N°4845 se extendieron los beneficios vigentes desde marzo. La
normativa actual establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas
consecutivas. La AFIP resolvió que octubre no será computado a los efectos de
contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
 
Planes de pago permanentes: La Resolución General N°4846 extiende hasta finales
de noviembre la vigencia de los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de
cuotas y calificación de riesgo previstos para la “adhesión temprana” a planes
permanentes.
Embargos y ejecuciones fiscales. Se prorroga la suspensión de los embargos hasta el
30 de noviembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. La
Resolución General N°4847 también mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones
fiscales.
Presentaciones Digitales. Con el objetivo de facilitar la realización de distintos trámites
en el marco de la pandemia del COVID-19 se mantiene la obligatoriedad del uso del
servicio
 
Presentaciones Digitales hasta el 30 de noviembre. Existen más de 80 gestiones
habilitadas a través de dicho canal. La obtención de la CUIT para personas jurídicas es
uno de los últimos trámites incorporados. Para utilizar el servicio es necesario contar con
clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado. La Resolución General
N°4848 también prevé que los contribuyentes seguirán exceptuados de registrar sus
datos biométricos hasta el 30 de noviembre. La excepción permite que los ciudadanos
no tengan que concurrir a las dependencias del organismo para registrar su foto, firma y
huella dactilar.
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