Vence el 2° anticipo anual de las personas humanas

Esta semana también hay obligaciones de empleadores y vencimientos de Ingresos Brutos.

Personas Humanas y sucesiones indivisas. Entre el 13
y el 15 de octubre, según número de CUIT, vence el ingreso del 2° anticipo del
año 2020 de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Impuesto a las Ganancias- Sociedades. Quienes tienen
cierre de ejercicio en mayo de 2020 deben presentar el formulario de
declaración jurada a partir del martes 13 y jueves 15 (según CUIT) y, al día
siguiente, ingresar el saldo resultante. En la misma fecha vencen los anticipos
para el resto de los cierres de ejercicio.

En tanto, los establecimientos permanentes, deben presentar
la DDJJ por la tasa adicional por remesas al exterior e ingresar el saldo el jueves
15.

Salidas no documentadas. También el 15 de octubre
vence la presentación de la declaración jurada y transferencia electrónica de
fondos, correspondiente a Septiembre de 2020.

Empleadores. El martes 14 de octubre comienzan los vencimientos,
según número de CUIT, para la presentación del formulario de declaración jurada
e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales,
por el período devengado en septiembre de 2020.

Créditos a tasa subsidiada. Durante toda esta semana
y hasta el lunes 19, los empleadores que hayan registrado un incremento de su
facturación interanual de hasta el 40% podrán solicitar a la AFIP un crédito a
tasa del 15% para abonar los salarios de septiembre de 2020. Ver Abre
la inscripción para los créditos a tasa subsidiada
.

Ver Agenda de
Vencimientos de Octubre de 2020
.

Créditos a tasa cero. Se extendió hasta el 31 de
octubre, el plazo para que monotributistas y autónomos soliciten préstamo de
hasta $ 150.000 a devolver en 12 cuotas sin interés con seis meses de gracia.
En el caso de quienes están en el sector de Cultura, el beneficio se puede
pedir hasta el 31 de diciembre de 2020.

En Córdoba

Ingreso Brutos. Los contribuyentes del régimen
general de la Dirección General de Rentas de la Provincia, deben cumplir con sus
obligaciones con vencimiento a partir del viernes  16. En tanto, quienes tributan por el
Convenio Multilateral tienen vencimientos desde el jueves 15.

Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes
(tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de
Córdoba deben presentar la declaración jurada del período septiembre de 2020
hasta el viernes 16.

Pago con TIPA. Las obligaciones impagas con la
Dirección General de Rentas de la Provincia, anteriores al 29 de febrero de
2020, se pueden abonar con los nuevos Título de Pago de Acreencias (TIPA) -cuya
denominación bursátil es CO23-. A partir del 22 de septiembre y, hasta el 21 de
diciembre de 2020, se obtiene un 60% de descuento en intereses, multas y
honorarios. 

Ver “Cómo
regularizar las deudas con descuento en los recargos
”.

 

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