El TSJ dio respuesta a la propuesta del Protocolo para Síndicos

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ)
respondió a la nota propuesta para implementar protocolos sanitarios en la
provincia para la actividad de los síndicos concursales, presentado por el
Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE).

Ante las inquietudes planteadas con relación a
la actividad de sindicatura concursal, las respuestas del TSJ fueron:

Sorteo de Síndicos: Con relación a la
modalidad de sorteo informático el Tribunal Superior de Justicia informa que se
está diseñando un sistema  informático que tendrá en consideración las
prescripciones previstas en el art. 253 de la Ley de Concursos y Quiebras en
orden a las categorías A y B. Para ello deben llevarse a cabo tareas de actualización
del listado tanto de síndicos, como enajenadores y coadministradores para la
posterior carga de datos al SAC.

Dicha alta en el SAC, tendrá como principal
efecto, el acceso de los mencionados auxiliares de justicia a la consulta
remota de los expedientes quiénes podrán intervenir de manera personal y si
necesidad de asesor letrado en la gestión electrónica de las causas.

Pago de arancel, modalidad del proceso
verificatorio, y posterior período de observación de acreencias:
El TSJ
entiende que al tratarse de actividades inherentes a la función de la
sindicatura, corresponde que todas las gestiones que deban realizarse a los
fines del cumplimiento de su función – incluida la recepción y compulsa de
documentos- queden en el ámbito de discrecionalidad de los síndicos
intervinientes. A tal efecto, propicia la aplicación de las recomendaciones
brindadas por el COE de fecha 09/06/2020 dirigida al Tribunal Superior de
Justicia de Córdoba y Resolución Nº 130 emitida por la Administración General,
sobre la adecuada manipulación de los expedientes, la necesidad de higiene y
desinfección de distintas superficies, higiene de manos luego de manipulación
de papel, cartón, metales, etc. , mantener distanciamiento social laboral, uso
de barbijo y/o máscara facial.

Audiencias virtuales: El TSJ informa que se
encuentran habilitadas las audiencias virtuales conforme Anexo VI
correspondiente al Acuerdo Reglamentario Nº 1623 Serie “A” del 26/04/2020
“Protocolo de Actuación en expedientes electrónicos mediante la modalidad de
teletrabajo” el cual dispone que además de cumplimentar las exigencias
establecidas por el CPCC, el solicitante deberá denunciar teléfono y correo
electrónico  para llevar a cabo la
audiencia. Agrega en la mencionada disposición que la audiencia se efectuará por
video llamada por los medios tecnológicos sugeridos y disponibles. De la
audiencia se labrará el acta respectiva que será incorporada por la actuaria al
SAC certificándose las partes que comparecieron bajo esa modalidad.

Oficios: Al respecto, se informa que en el
Portal del Poder Judicial en la pestaña “De Interés” se puede consultar el amplio
listado de Instituciones que han adherido al sistema de oficios electrónicos.

Colaboradores de síndicos: El Tribunal
Superior remarca que existe por parte de  los Juzgados una tendencia a flexibilizar la
actuación personal, siendo receptivos de las distintas vicisitudes que se
derivan de la situación vigente, siendo objetivo prioritario para el Poder
Judicial el de brindar una adecuada prestación del servicio de justicia.

Se recuerda que el proyecto fue elaborado en
base al asesoramiento de la Comisión Asesora de Sindicatura Concursal del
CPCE 

 

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