Más contribuyentes se suman al uso del Libro de IVA digital

Es para el período junio 2020.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó
que a partir del período fiscal junio de 2020 entra en vigencia la obligación
de registrar electrónicamente las operaciones a través del Libro de IVA Digital
para los responsables inscriptos en el IVA que:

·        fueron obligados a presentar el Régimen de
Información de Compras y Ventas con anterioridad al 1 de octubre de 2019 y

·        hayan realizado ventas por un monto de hasta $
500.000 entre operaciones gravadas, exentas y no gravadas en IVA durante el
2018

Importante: Se encuentran obligados a su uso
también, quienes hayan optado previamente por registrar electrónicamente las
operaciones mediante la generación y presentación del “Libro de IVA Digital”
(desde el momento de la opción) y los sujetos mencionados en el cronograma de
aplicación (desde el período previsto en el mismo)

Más información, en al micrositio Libro de IVA
Digital.

Fuente: Resolución
General N° 4597

 

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