La Federación Argentina de Consejos Profesionales en
Ciencias Económicas (FACPCE) presentó una nota a la administradora federal, Mercedes
Marcó del Pont, para hacerle consideraciones respecto a la Ley 27.541 y sus
normas reglamentarias, sobre: Moratoria, Impuesto a las Ganancias e Impuesto sobre
los Bienes Personales, Impuesto sobre los de débitos y créditos bancarios.
Entre otras cuestiones, la misiva envía sugerencias de los
matriculados sobre:
– Condonación de sanciones formales y materiales.
– Intereses resarcitorios de anticipos no
ingresados o ingresados en defecto.
– Acogimiento a planes de facilidades de pago con
anterioridad al 23 de diciembre de 2019.
– Acogimiento a planes de facilidades de pago con posterioridad
al 23 de diciembre de 2019.
– Situación de contribuyentes o responsables que
tengan limitaciones para el uso de la CUIT (RG Afip 3.832).
– Renta financiera. Intereses y resultados por compraventa
de instrumentos financieros.
– Monto del mínimo no imponible para el ejercicio
fiscal 2019.
– Bienes del exterior. Repatriación.
– Bienes en el exterior. Alícuota aplicable.
– Sobretasa para benes situados en el exterior.
Repatriación del producido de activos financieros del exterior con la finalidad
de no tributar la sobretasa.
– Pago a cuenta para el período 2019 y 2020 por
bienes del exterior.
– Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios.
Descargar archivo adjunto con la nota presentada.