A través de la Resolución
220/2019, la Secretaría de Emprendedores y Pymes del Ministerio de
Producción y Trabajo publicó la nueva clasificación para determinar qué
empresas se encuadran dentro de la categoría Pyme.
Como autoridad de aplicación, la Secretaría se ocupa de
revisar anualmente la definición de pyme a fin de actualizar los parámetros
contemplados en la definición adoptada.
“Respecto a la elevación del límite en la facturación anual
se tomó en consideración las especificidades propias de los distintos sectores
y su evolución reciente”, señaló la Sepyme. Para el sector de industria, por
ejemplo, ahora se considera una microempresa la que facture en promedio durante
los últimos años hasta $21.990.000, una pequeña hasta $157.740.000; una mediana
tramo 1 hasta $986.080.000 y una mediana tramo dos hasta $1.441.090.000.
Límites de
ventas totales anuales expresados en pesos
CATEGORÍA |
CONSTRUCCIÓN |
SERVICIOS |
COMERCIO |
INDUSTRIA Y MINERÍA |
AGROPECUARIO |
MICRO |
12.710.000 |
6.740.000 |
23.560.000 |
21.990.000 |
10.150.000 |
PEQUEÑA |
75.380.000 |
40.410.000 |
141.680.000 |
157.740.000 |
38.180.000 |
MEDIANA Tramo 1 |
420.570.000 |
337.200.000 |
1.190.400.000 |
986.080.000 |
272.020.000 |
MEDIANA Tramo 2 |
630.790.000 |
481.570.000 |
1.700.590.000 |
1.441.090.000 |
431.450.000 |
Además de actualizar las categorías se incorporan estos
nuevos parámetros:
· Se agrega la opción de compartir datos a
organismos privados, con el objetivo de facilitar el acceso a líneas especiales
de financiamiento, simplificar trámites y propiciar la transparencia. Las pymes
que no opten por compartir información no perderán los beneficios fiscales
comprendidos en el Registro Pyme.
· Se simplifica y se agiliza el trámite de pymes
integrantes de un grupo económico.
· Se unifica el cuerpo normativo con el
agrupamiento de las resoluciones Pyme, de Categorización y de Certificado Pyme para
facilitar el acceso y gestión.
Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos
parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la
Ley Pyme como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal.
Las pymes deben inscribirse por internet en el Registro Pyme: www.produccion.gob.ar/pymes
Más información: Portal Pyme.