Vencen aportes de los empleadores a la Seguridad Social

Sociedades con cierre en octubre deben ingresar el Impuesto a las Ganancias anual.

Impuesto a las Ganancias. Sociedades,
empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otro, con cierre en
octubre de 2018 deben presentar el formulario de declaración jurada,
correspondiente al ejercicio anual, con vencimiento a partir del miércoles 13 e
ingresar el saldo resultante hasta el día siguiente.

Entre el 13 y el 15 de marzo, los mismos contribuyentes deben
realizar la transferencia electrónica de datos referidos a las donaciones
efectuadas/recibidas durante el ejercicio fiscal octubre de 2018.

En la misma fecha, el resto de las sociedades, tienen que
ingresar los anticipos correspondientes según el cierre de ejercicio.

Precios de Transferencia. Hasta el martes 12 se extienden los
siguientes vencimientos, según número de CUIT:

·        Presentación del formulario de declaración
jurada complementaria anual (F 743) por transacciones alcanzadas por las
disposiciones de precios de transferencia, correspondiente a ejercicios con
cierre en julio de 2018.

·        Presentación del informe y Estados Contables
mencionados en el artículo 6° inc. b) de la Resolución General 1122,
correspondiente a ejercicios con cierre en Julio de 2018.

·        Transferencia electrónica de información por
operaciones de exportación e importación (F. 867), correspondiente a ejercicios
con cierre en Agosto de 2018.

Entre el 13 y el
15, vence la presentación del formulario de declaración jurada (F. 741)
por las operaciones de exportación e importación de bienes entre empresas
independientes, correspondiente al 2º semestre de los ejercicios con cierre en
Octubre de 2018.

Ganancia Mínima
Presunta.
Sociedades y demás responsables deben presentar el formulario de
declaración jurada, correspondiente a ejercicios con cierre en octubre de 2018,
entre el 13 y el 15 de marzo, según número de CUIT.

Empleadores. Desde
el lunes 11 hasta el miércoles 13, deben presentar el formulario de declaración
jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras
Sociales, por el período devengado en febrero de 2019.

Ver la Agenda de Vencimientos Tributarios de marzo de 2019.

Monotributo. A
partir del 1 de marzo, los monotributistas categoría “B” están obligados a
emitir comprobantes electrónicos.

Revalúo impositivo.Continúa hasta el 29 de marzo el plazo para ejercer la opción y determinación e
ingreso del impuesto especial, correspondiente a ejercicios con cierre en diciembre
de 2017, prevista en la ley 27.430.

Ver más información en: http://www.afip.gob.ar/revaluoimpositivo/

En Córdoba

Ingresos Brutos. El
viernes 15, comienzan los vencimientos, según número de CUIT, de los contribuyentes
del Convenio Multilateral.

Comercio e Industria.Los grandes contribuyentes (tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal
(tipo 4) de la Municipalidad de Córdoba deben cumplir con la presentación de la
declaración jurada del período febrero 2019 hasta el 15 de marzo.

Ver la Agenda de Vencimientos Tributarios de marzo de 2019.

 

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