Estas son las fechas de vencimiento del revalúo impositivo

El cierre del ejercicio 2017 vencerá el 29 de marzo y los demás, en los meses siguientes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) precisó
las fechas de vencimiento para ejercer la opción del revalúo impositivo, según
el cierre de cada ejercicio.  

Según la Resolución General 4429, publicada en el Boletín Oficial, los plazos para concretar esta opción serán las siguientes:

 

Cierre de ejercicio
o año fiscal

Vencimiento para el
ejercicio de la opción

Diciembre 2017

29/03/2019

Enero 2018

30/04/2019

Febrero 2018

31/05/2019

Marzo 2018

31/05/2019

Abril 2018

31/05/2019

Mayo 2018

28/06/2019

Junio 2018

31/07/2019

Julio 2018

30/08/2019

Agosto 2018 

30/09/2019

Septiembre 2018

31/10/2019

Octubre 2018 

29/11/2019

Noviembre 2018

31/12/2019

 

Se aclara que el cierre de ejercicio a considerar será aquél
registrado en el Sistema Registral al 30 de diciembre de 2017.

La AFIP agregó que, con carácter de excepción, las cuotas de
los planes de facilidades de pago cuya adhesión hubiera quedado formalizada -en
los términos del Apartado B del Anexo II de la Resolución General 4.249 y su
modificatoria- en febrero de 2019, vencerán a partir del mes de abril de 2019,
inclusive.

 

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