El lunes 24, es el Día del Empleado de Comercio

Los establecimientos no están obligados a cerrar pero deberán abonar el doble a los empleados que trabajen.

La Cámara de Comercio de Córdoba informó
que el próximo lunes, 24 de septiembre, los comerciantes tienen la
facultad de abrir sus locales o permanecer cerrados. En este último caso, se
debe ajustar la remuneración de los empleados que decidan asistir a
sus puestos de trabajo de conformidad a las normas legales vigentes en materia
laboral.

Los trabajadores podrán optar por trabajar o
no hacerlo y, en caso de presentarse a trabajar, deberán percibir el
pago de un recargo equivalente al 100% del salario normal.

Por ley N 26.541, se instituyó el 26 de septiembre
como Día del Empleado de Comercio, por lo que rigen a
tales efectos las normas de un día feriado para los trabajadores del
sector. 

Tal como se viene haciendo en los años anteriores, el
festejo -por acuerdo entre las partes involucradas en el Convenio Colectivo de
Trabajo 130/75- es trasladado al lunes 24 y queda a libre elección del
propietario del comercio si abre sus puertas, aunque no podrán
disponer la concurrencia a trabajar de sus empleados.

Cabe aclarar que ese día no podrá compensarse con un
día franco posterior, recordó la Cámara.

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