Modifican los plazos para optar por el revalúo impositivo

Se adecuó la normativa para admitir el ejercicio de la opción hasta 12 meses luego del cierre del ejercicio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) adecuó
sus normas con las nuevas fechas de vencimiento para el ejercicio de la opción
de revalúo impositivo.

De esta manera, la Resolución General 4287 toma en cuenta el nuevo plazo de 12
meses posterior al cierre del ejercicio fiscal o el año fiscal del sujeto que realice
la opción.

La norma señala que esto podrá realizarse hasta las siguientes
fechas:

Cierre de ejercicio
o año fiscal

Vencimiento para el
ejercicio de la opción

Diciembre 2017

28/02/2019

Enero 2018

29/03/2019

Febrero 2018

30/04/2019

Marzo 2018

30/04/2019

Abril 2018

30/04/2019

Mayo 2018

31/05/2019

Junio 2018

28/06/2019

Julio 2018

31/07/2019

Agosto 2018

30/08/2019

Septiembre 2018

30/09/2019

Octubre 2018

31/10/2019

Noviembre 2018

29/11/2019

A tal fin, el cierre de ejercicio a considerar será aquél
registrado en el Sistema Registral al 30 de diciembre de 2017.

El plan de facilidades de pago que podrá utilizarse para
el ingreso del impuesto especial, se encontrará habilitado en el servicio con
clave fiscal “Mis Facilidades” a partir del día 1 de febrero de 2019.

 

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