La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba modificó el régimen de información para el consumo de combustibles líquidos que incluye a sujetos que desarrollen la actividad de producción primaria, industrial y prestación de servicios de transporte.
Mediante la Resolución Normativa 48/2019, de la DGR, se modificó el parámetro para ser sujeto obligado a solicitud del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE).
De esta manera, los sujetos designados como agentes de información deberán actuar como tales, cuando la sumatoria de bases imponibles de Ingresos Brutos del año inmediato anterior (por todas las actividades desarrolladas, incluidas las exentas o no gravadas) supere los $ 9.000.000 (hasta ahora era de $ 7.000.000).
La modificación regirá a partir de la declaración jurada de agosto de 2019.