La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió establecer un procedimiento especial con controles adicionales a los ya previstos para las solicitudes de opción de reducción de anticipos del Impuesto a las Ganancias en las que se verifiquen determinados parámetros en la base de cálculo o en el monto de disminución estimado.
Según la Resolución General 5246/22, publicada en el Boletín Oficial, este nuevo trámite se aplicará cuando se cumplan las siguientes condiciones en forma concurrente:
1. La base de cálculo del anticipo sea superior a $ 50.000.000.
2. El monto estimado del impuesto sea inferior en más de un 10% respecto de la base de cálculo de los anticipos mencionada en el punto anterior.
En estos casos, la solicitud se deberá formalizar a través del servicio "Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite "Solicitud de Reducción de Anticipos Impuesto a las Ganancias - Trámite Especial”.
Se deberá informar el período fiscal de los anticipos y el monto de la nueva base proyectada, adjuntando la documentación que respalde la proyección.
La solicitud de reducción deberá ser efectuada con una antelación mínima de 60 días corridos al vencimiento del último anticipo del período fiscal de la opción, teniendo en cuenta la oportunidad a partir de la cual se encuentren habilitados a ejercerla.
AFIP tendrá un plazo de 60 días corridos desde la presentación para la resolución de la solicitud.