Estas son las principales novedades que impactan en los contribuyentes y que difundió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la última semana.
Opción para permanecer en el Régimen Simplificado. La AFIP habilitó la herramienta para optar por el beneficio, o bien, acceder a la reducción en pago de IVA y Ganancias, previstos en la Ley de Alivio Fiscal. Estará disponible hasta el 30 de septiembre.
Ver: "Se habilitó la opción para permanecer en el Monotributo”
Créditos a tasa cero. Los monotributistas pueden iniciar el trámite en la página web de AFIP hasta el 31 de diciembre de 2021.
Ver: Guía de AFIP: monotributistas ya pueden tramitar los Créditos a Tasa Cero
Moratoria. La adhesión al plan de pagos está abierta hasta el 30 de septiembre. Ver: "Ya se puede adherir a la moratoria para monotributistas”
La AFIP adecuó el régimen de retención a la nueva alícuota del 7% a la distribución de utilidades y dividendos que rige en el período fiscal 2021, de acuerdo a los cambios realizados por la Ley 27.630.
Ver "Adecuan herramientas para retener dividendos y utilidades”.
La Dirección General de Aduanas (DGA) modificó los trámites para los exportadores de productos agrícolas al incorporar en una misma Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) la posibilidad de registrar más de un ítem.
Lo hizo a través de la Resolución General 5053.
A partir del 1 de noviembre de 2021 los actores del transporte de granos deberán utilizar la carta de porte electrónica, que reemplaza los formularios en formato papel.
Ver RG 5017/2021.
La AFIP restablece el plazo de 180 días corridos para que los contribuyentes informen la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones. La Resolución General 5063 da por finalizado el plazo adicional de 90 días corridos que se había dispuesto el año pasado por el aislamiento.
Se incorporan pautas adicionales que deberán observar las entidades financieras para la aplicación de los procedimientos en el marco del Régimen de información respecto de las cuentas y operaciones cuyos titulares sean sujetos no residentes. RG 5065/2021.
Se establecieron las condiciones y se definieron los pasos a seguir para que los titulares de proyectos de investigación, desarrollo y producción de bienes o servicios accedan a beneficios impositivos previstos en la Ley de Biotecnología.
Ver RG 5059/2021.