La Resolución 7044/2022del RENATRE aprueba un régimen especial de facilidades de pago para empleadores de la actividad agropecuaria registrados en el RENATRE y considerados Micro, Pequeña o Mediana Empresa.
La Resolución General 5277/2022 de AFIP establece un plazo especial de validez de 90 días para las solicitudes de exportación de los productos incluidos en el Anexo I del Decreto 576/22 que no se encuentren alcanzados por la Ley 21.453, oficializadas en el marco del Programa de Incremento Exportador.
Mediante la Resolución General 5278/2022, la AFIP suspendió por un plazo de 60 días corridos contados a partir del 31 de octubre de 2022, la aplicación del Régimen de Información de Planificaciones Fiscales implementado mediante la RG 4838.
La Resolución General 5279 de AFIP extendió plazos y condiciones para diversos planes de pago:
Miniplan. Se extiende hasta el 30 de noviembre de 2022, inclusive, el plazo para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General 4057/17 (MINIPLAN), regularicen sus obligaciones respecto de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiación prevista en la última norma citada, sin considerar la categoría del SIPER” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D.
Plan permanente. Se extiende hasta el 30/11/2022, inclusive, la aplicación de las condiciones más favorables relativas al régimen de facilidades de pago dispuesto por la Resolución General 4268/18 – Plan Permanente.
Rehabilitación de cuotas. Se sustituye el primer párrafo del artículo 2° de la Resolución General 3926/16 estableciendo que la funcionalidad de rehabilitar la cuota impaga mediante VEP se encontrará disponible para su utilización una vez acaecido el vencimiento de la cuota impaga.
Cancelación de cuotas. Las cuotas de los planes de facilidades de pago vigentes -presentados en el ámbito del sistema informático denominado "Mis Facilidades”-, cuyos importes totales sean iguales o superiores a $100.000.000.-, deberán cancelarse a través de transferencia electrónica de fondos.
La Resolución 114/2022 de la Secretaría de Agricultura otorgó una prórroga automática excepcional de 360 días corridos a las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) con período de embarque comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y el 28 de febrero de 2023, contados a partir del fin de embarque más prórroga automática para la mercadería comprendida en la partida arancelaria 1001.99.00 (TRIGO PAN). El cual se constituirá en el nuevo plazo máximo de vigencia de la DJVE.
La AFIP incorporó a su sitio web preguntas frecuentes, en el espacio ABC, referidas al Régimen de percepción de Ganancias y Bienes Personales (RG 4815/20), a Mis Facilidades y al régimen de Planificaciones fiscales (ver detalle en archivo adjunto).
Están disponibles en la página web las siguientes guías (ver detalle en archivo adjunto):
· SIRASE: ¿Cómo se realiza la presentación?
· SICOSS: Organismos públicos y provincias no adheridos al SIPA
· Incentivo a la construcción: ¿Cómo presento la declaración jurada del "Régimen Informativo de Normalización?
· ¿Cómo realizo el cambio de obra social?
· ¿Cómo me doy de baja del monotributo?