La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un anticipo extraordinario, por única vez, a cuenta del Impuesto a las Ganancias a cargo de las personas jurídicas que cumplan con alguno de los parámetros previstos en la Resolución General 5248/2022.
Estarán obligados quienes haya tenido un impuesto determinado igual o superior a 100 millones de pesos o un resultado impositivo, sin deducir quebrantos anteriores, igual o superior a 300 millones de pesos.
Ver más detalles: "Se fijó un anticipo extraordinario para el Impuesto a las Ganancias Sociedades”
La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) estableció, a través de la Resolución 180/2022, que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N.º 24.241, correspondiente al mes de septiembre de 2022, es de 15,53%.
Mediante el Decreto 277/2022, el Poder Ejecutivo reglamentó diferentes aspectos del acceso al "Régimen de Promoción del Empleo, del Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera (RPEPNIH)”, con la finalidad de promover e incrementar el valor agregado regional y nacional en la cadena de valor de la actividad hidrocarburífera.
La Resolución 16/2022 (AFIP - DGA) crea el Corredor Aduanero "Vaca Muerta” para el régimen de destinación suspensiva de importación temporal destinado a bienes que ingresan para ser utilizados en la construcción del "Gasoducto Presidente Néstor Kirchner”, con el objetivo de dar un tratamiento prioritario y de celeridad al desaduanamiento de tales mercaderías.
Los operadores podrán realizar las consultas que consideren necesarias a través de la casilla de correo: corredoraduanerovacamuerta@afip.gob.ar.
La Resolución General Conjunta 5249/22 (AFIP -MTEySS) señala que los empleadores que confeccionen el Libro Especial previsto en el artículo 52 de la Ley 20.744, y aquellos que utilicen el registro de hojas móviles al que se refiere el punto 4 del citado artículo, deberán cumplir con dicha obligación mediante la utilización del sistema informático denominado "Libro de Sueldos Digital”.
La obligatoriedad de utilización del sistema se dispondrá en forma progresiva hasta alcanzar a la totalidad de los empleadores, una vez cumplidas todas las etapas de implementación que definirá la AFIP.
La Resolución 29/22 del Ministerio de Trabajo aprobó las tarifas sustitutivas del Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y la Asociación Citrícola del Noroeste Argentino (ACNOA).