La Secretaría Técnica de la Federación Argentina de Consejo Profesional de Ciencias Económicas (FACPCE) emitió un memorando con el modelo sugerido para realizar la certificación requerida por el artículo 4°, inciso b, de la disposición Conjunta 1/2023 del Ministerio de Economía, Subsecretaría de Políticas para el Mercado interno y Subsecretaría de La Pequeña y Mediana Empresa.
La mencionada norma dispone que, a los efectos de acceder al Aporte No Reembolsable (ANR) previsto, los establecimientos deberán acreditar ante el Comité Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) diversa documentación.
Entre ella se solicita la certificación contable del registro del siniestro según el modelo que se pondrá a disposición en Argentina.gob.ar/producción/financiamiento.
"Desde el punto de vista del encuadre técnico del informe solicitado, entendemos que una certificación es el encargo profesional adecuado al objetivo planteado por el requerimiento, dado que, en una certificación, el profesional constata ciertas situaciones de hecho con los registros contables del ente u otra información de respaldo”, señala el memorando de Secretaría Técnica A-85
Y agrega que, "en virtud de las opciones establecidas por nuestras normas de auditoría y servicios relacionados vigentes en Argentina, consideramos que el encargo profesional más adecuado es el de Certificación tratado en el Capítulo VI de la Segunda Parte de la Resolución Técnica N° 37 (Modificada por la RT 53) de la Federación Argentina de Ciencias Económicas (FACPCE)”.
En el anexo del memorando se publica un modelo de Certificación, adaptado a lo establecido por la Disposición Conjunta 1/2023 del Ministerio de Economía, Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno y Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa en su Artículo 4°, inciso b.